18/04/2025 - Edición Nº413


Arroyo Seco

El Ministerio Público de la Acusación pidió informes sobre gratificaciones tras una denuncia contra el concejal Coradini

15/04/2025 19:00 | El requerimiento del fiscal José Luis Caterina surge a partir de la presentación realizada por Víctor Robledo y Melisa Giancrisostomo, en relación con la percepción de una gratificación por parte del concejal Miguel Ángel Coradini, además de su jubilación.



El Ministerio Público de la Acusación (MPA), a través del fiscal adjunto José Luis Caterina, solicitó de manera formal un detalle pormenorizado de las gratificaciones e incentivos abonados por el Municipio de Arroyo Seco desde el año 2023 a la fecha. El pedido se enmarca en la causa registrada bajo el CUIJ 21-09612181-1 y fue dirigido a las autoridades correspondientes con plazo hasta el miércoles 23 de abril de 2025 para presentar la información.

El requerimiento se origina en una denuncia presentada por Víctor Robledo y Melisa Giancrisostomo, quienes solicitaron que se investigue el cobro de una gratificación que estaría percibiendo el concejal Miguel Ángel Coradini además de su jubilación, en el marco del ítem presupuestario denominado “Gratificaciones e Incentivos”, que figura dentro del rubro “Servicios Personales” del presupuesto municipal.

Entre los puntos principales del pedido, la Fiscalía exige:

  • El detalle contable completo del concepto “Gratificaciones e Incentivos”, incluyendo toda la documentación que respalde dichos pagos.

  • Un informe individualizado de todas las personas que hayan cobrado gratificaciones en ese período, con datos personales, montos percibidos, el fundamento legal del pago y su posible vinculación con estructuras del Estado municipal, ya sea en el Ejecutivo, Legislativo u organismos descentralizados.

La solicitud se ampara en los artículos 145 del Código Procesal Penal de Santa Fe y 4 de la Ley Provincial N.º 13.013, los cuales obligan a las autoridades a colaborar sin demoras con los requerimientos del MPA. Además, se advierte que el incumplimiento de este pedido puede derivar en sanciones administrativas, multas e incluso responsabilidades penales por el delito de desobediencia, conforme al artículo 248 del Código Penal argentino.

Este nuevo capítulo abre un foco de atención sobre los criterios de asignación de recursos públicos y posibles incompatibilidades entre beneficios jubilatorios y percepciones salariales dentro de la administración local.