
El Concejo Municipal aprobó por unanimidad una modificación al artículo 2 de la Ordenanza N° 1637/06, que regula la prohibición de venta de bebidas alcohólicas entre las 23:00 y las 08:00 horas. La nueva redacción busca actualizar el régimen sancionatorio ante el incumplimiento de esta normativa, que apunta a desalentar el consumo de alcohol en menores y mitigar sus consecuencias sociales.
La norma original establecía una multa fija de $1.000, el comiso de la mercadería y, en caso de reincidencias, sanciones automáticas como clausura del local por 15 días y, eventualmente, la cancelación definitiva de la habilitación comercial.
Con la modificación aprobada, el nuevo artículo 2 dispone que:
“El incumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 1 se sancionará con multa. En caso de reincidencia, además, podrá aplicarse pena de clausura transitoria o definitiva dependiendo de las circunstancias del caso y en un todo de acuerdo con el criterio de la sana crítica.”
La diferencia central radica en que se elimina la rigidez de las sanciones automáticas y se otorga al Tribunal de Faltas la facultad de evaluar caso por caso, ponderando la gravedad del hecho, los antecedentes del infractor y el contexto. Esto permitirá aplicar sanciones más ajustadas a la realidad, y a la vez avanzar con mayor firmeza ante los casos reincidentes o de mayor riesgo social.
La modificación fue resultado del trabajo conjunto entre el Concejo Municipal y la Jueza de Faltas, Julia Acosta, quien desde hace tiempo viene impulsando reformas que otorguen mayor eficacia y flexibilidad al sistema de sanciones municipales. Según explicaron los concejales en comisión, el cambio apunta a “fortalecer la capacidad del Estado para intervenir en situaciones que requieren una respuesta proporcional, sin quedar atados a montos o plazos que han perdido actualidad”.
La ordenanza 1637/06, sancionada en diciembre de 2006, surgió como una respuesta local a la creciente preocupación por el consumo de alcohol en adolescentes. En sus fundamentos, destaca la relación directa entre el alcoholismo juvenil y problemáticas como la violencia, los accidentes, el abandono escolar y otras conductas de riesgo. También advierte sobre la venta indiscriminada en comercios, especialmente en horarios nocturnos y en cercanías de boliches.
Además del régimen sancionatorio, la norma establece la creación de campañas de prevención, una guardia telefónica para denuncias y un rol activo del municipio en los controles, aunque históricamente esto último se ha visto limitado por la falta de personal especializado.