25/05/2025 - Edición Nº450


Arroyo Seco

CONCEJO MUNICIPAL

Pirotecnia cero con mayor precisión: el Concejo aprobó cambios en la ordenanza vigente

23/05/2025 19:38 | Se modificaron tres artículos clave de la norma que prohíbe el uso de pirotecnia. El nuevo texto amplía responsabilidades, ajusta definiciones y endurece las sanciones. Fue trabajado junto a la Jueza de Faltas Julia Acosta.



El Concejo Municipal  aprobó por unanimidad una modificación a la Ordenanza N° 2893/20, que establece la prohibición del uso de pirotecnia en la ciudad. Los cambios apuntan a precisar el alcance de la normativa, ajustar las sanciones y reforzar las responsabilidades legales, tanto de particulares como de comerciantes y entidades organizadoras de eventos.

La modificación fue el resultado de un trabajo articulado con la Jueza de Faltas, Julia Acosta, con el objetivo de mejorar la aplicabilidad de la norma y brindar mayores herramientas a la hora de sancionar su incumplimiento.

¿Qué cambia con la nueva redacción?

Uno de los principales cambios se dio en el artículo 3, que ahora define de manera más clara qué se considera artificio de pirotecnia. Se incorporó una exclusión explícita para aquellos elementos que producen efectos visuales sin impacto auditivo, lo que representa una distinción no contemplada en la redacción original, que era más amplia y general.

En cuanto al régimen sancionatorio, el nuevo artículo 6 incorpora penas de multa y decomiso para los particulares, e incluye la posibilidad de clausura (transitoria o definitiva) para los comerciantes. Además, se establece que no podrá aplicarse el beneficio del pago voluntario en ningún caso, y que, si la infracción se comete dentro de una propiedad, será responsable el titular del inmueble. Esta precisión busca facilitar la identificación de responsables ante hechos reiterados en domicilios particulares.

Por su parte, el artículo 7 ahora contempla específicamente a las entidades no comerciales que usen pirotecnia durante actividades en espacios públicos o privados, ya sean permanentes o transitorios. Si no se logra identificar a los infractores directos, la responsabilidad recaerá sobre la entidad organizadora o la sede del evento, lo que permite una mejor fiscalización en espectáculos públicos, deportivos o celebraciones comunitarias.

Más herramientas para un mismo objetivo

La ordenanza sancionada en 2020 había sido un paso importante hacia el objetivo de “pirotecnia cero” en la ciudad, en sintonía con los reclamos de familias con personas con TEA, adultos mayores, proteccionistas de animales y sectores vinculados a la salud. Sin embargo, a lo largo de estos años, las dificultades para su aplicación práctica hicieron evidente la necesidad de revisar algunos puntos.

Las modificaciones recientemente aprobadas no alteran el espíritu de la norma, pero sí fortalecen su efectividad, permitiendo que el municipio tenga más criterios de intervención y sanción ante los incumplimientos.