11/06/2025 - Edición Nº467


Arroyo Seco

Veto parcial del Intendente a la ordenanza que afecta fondos de la Tasa de Organización Portuaria para la obra de electrificación de "MI Lote"

27/05/2025 17:52 | El veto parcial alcanza el artículo que establecía el reintegro de los fondos de la Tasa Portuaria, al considerar que no se trata de un préstamo interorgánico y que la ordenanza implica una previsión de gasto sin creación de recurso. El Concejo tiene 10 días hábiles para ratificar o rechazar el veto.



El intendente Daniel Tonelli, vetó de forma parcial la ordenanza N° 3434/25 sancionada por el Concejo Municipal, que autorizaba la utilización de hasta 130 millones de pesos de la cuenta especial Tasa de Camiones para finalizar la obra de electrificación del loteo municipal Mi Lote.

El veto afecta específicamente al artículo 4°, que establecía que los fondos utilizados debían ser reintegrados al fondo original en un plazo de 180 días o cuando ingresaran los recursos provinciales previstos para la obra.

En el mensaje enviado al Concejo, el Ejecutivo argumenta que no corresponde calificar la medida como un préstamo interorgánico, ya que los fondos provienen del propio Municipio y no de un órgano externo. En ese sentido, sostiene que lo dispuesto por el artículo 4° constituye en realidad una previsión de gasto sin creación de recurso, lo cual contradice los principios de la administración financiera del sector público.

Además, el veto se fundamenta en que la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 establece que el Concejo no tiene atribuciones para aumentar o incluir partidas para la ejecución de ordenanzas especiales sin disponer los recursos para su financiamiento.

Según el texto del veto, “la decisión del Concejo Municipal implica llevar adelante una obra sin haber creado el recurso correspondiente para financiarla”, lo que llevaría a un desequilibrio presupuestario.

El decreto del Ejecutivo fue emitido dentro del plazo legal de 10 días hábiles previsto por la Ley 2756. Ahora será el turno del Concejo Municipal, que deberá decidir si ratifica la ordenanza en su totalidad o acepta el veto parcial del intendente. Para esto, dispone también de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción formal del veto.

La ordenanza vetada autorizaba el uso transitorio de recursos provenientes de la Tasa de Camiones —cuenta especial creada por las ordenanzas N° 2641/17 y 2724/19— para avanzar con una obra clave para el desarrollo del loteo social "Mi Lote". Si el Concejo opta por rechazar el veto, deberá reunir la mayoría especial requerida para sostener el texto original de la norma.