Mediante ordenanza 3513/25, el Concejo de Arroyo Seco autorizó dar de baja las deudas de contribuyentes por diferentes conceptos, que quedaron en el sistema informático luego de que se mutara al sistema de gestión municipal TADESE.
El año pasado, la Municipalidad de Arroyo Seco implementó un nuevo sistema de gestión Municipal y durante el proceso de migración de datos, se detectaron diferencias, duplicaciones, inconsistencias en los saldos deudores asignados a contribuyentes.
La norma explica que "dentro de las diferencias detectadas durante este proceso de migración, se encuentran aquellas vinculadas a la cobranza de la Tasa General de Inmuebles Urbano efectuada por la Agente Municipal Ana Magdalena Pagliaricci, quien fuera cesanteada mediante Decreto Nro. 847/22 y que previamente había sido sumariada por la emisión de comprobantes provisorios en reemplazo de los recibos, circunstancia que generó la registración de ingresos inexistentes y la consecuente persistencia de deuda en contribuyentes que acreditaron haber abonado en tiempo y forma. Que cada constribuyente ha iniciado el reclamo correspondiente mediante expediente administrativo acreditando con sus respectivas constancias, los pagos realizados, obrantes en su mayoría en el expediente administrativo N°61855 Letra S del año 2022".
Tales irregularidades obligan a depurar las bases de datos a fin de garantizar que el sistema refleje únicamente obligaciones reales y verificables, evitando perjuicios a los contribuyentes afectados y resguardando la transparencia administrativa"
Dichos saldos no responden a obligaciones reales, sino a errores técnicos de exportación, conversión y carga, careciendo de respaldo documental válido, liquidaciones anteriores o actos administrativos que los sustenten"
Además de los saldos detectados por la estafa cometida por la empleada infiel, la norma detalla que la oficina de Comercio verificó además, que no pudieron migrarse por no poseer titular identificado en el sistema anterior, 31 partidas de Tasa de Hectáreas y que luego de una auditoría interna, se constató que dichos saldos no son exigibles y no deben formar parte del Registro Tributario Municipal.
La depuración incluye
- Deudas de contribuyentes por Tasa General de Inmuebles.
- Un crédito no restituido por la Agente Pagliaricci ($3000)
- Un crédito de $54.447,76 por deudas terminadas
- Una diferencia de $1.075.570 del rubro Cementerio, proveniente de numerosas partidas sin nombre, dadas de alta de manera manual entre 1994 y 2016. Dichas partidas históricas fueron cargadas al sistema anterior sin respado documental.
- Una diferencia de $4.141,50 asociados a deuda por carpeta asfáltica 2015 y anteriores.
Por último, la norma sostiene que "la presente depuración no implica condonación de duda real y verificable, sino la eliminación de registros erróneos detectados durante la migración del sistema anterior”.