El Intendente Daniel Tonelli vetó esta semana dos ordenanzas que el Concejo había aprobado la semana anterior que afectaban los recursos de la Municipalidad para destinos específicos que según el mandatario, ya están siendo atendidos.
Una de las normas vetadas, la ordenanza N°3550, establece que un porcentaje de la Tasa de Organización Portuaria debía destinarse a la “seguridad alimentaria y sanitaria pública” y que los recursos se distribuirían en partes iguales entre los comedores y los centros de jubilados para la compra de alimentos y la otra mitad, al SAMCo de la ciudad para el fortalecimiento de la salud pública.
Al vetar la ordenanza, el Ejecutivo argumentó que "el producto de la tasa no debe tener un destino ajeno al servicio que constituye el presupuesto de la obligación y que no es otro que "toda tarea cuya finalidad sea garantizar la seguridad".
En este sentido recordó que "el municipio, en concordancia con la situación económica imperante, aborda con recursos propios la seguridad alimentaria como así también situaciones de emergencia y urgencia” y que “provee bolsones a aquellas familias que se encuentran en estado de vulnerabilidad y mantiene operativo un sistema de comedores”.
También recuerda que la Municipalidad mantiene un convenio con el Centro de Jubilados Jóvenes Abuelos para la entrega de bolsones y en ese marco, también se otorgan subsidios en medicamentos.
En lo que refiere a la salud, el veto indica que la provincia de Santa Fe es quien tiene la facultad de desarrollar, evaluar, promover y sostener el sistema de salud del SAMCo, por lo que esta función no corresponde al municipio.
A pesar de ello, “al día de hoy la Municipalidad de Arroyo Seco aporta recursos propios para cubrir entre otros gastos: guardias, médicos especialistas, personal pero nunca podría inmiscuirse en cuestiones edilicias y de equipamiento, atento que, como se expuso, son políticas y funciones del estado provincial."
Por otro lado, vetó la ordenanza 3549/2026 mediante la cual se creaba un "subsidio municipal de apoyo alimentario a Jubilados y Pensionados destinado a fortalecer la labor que realiza el Centro de Jubilados "Jóvenes Abuelos en la distribución de módulos alimentarios esenciales, garantizando continuidad, previsibilidad y calidad de asistencia"
Al vetar la ordenanza, el Ejecutivo argumentó que "la misma no crea recurso alguno para atender la erogación , limitándose a decir en el artículo 9, que se autoriza al Ejecutivo a efectuar las readecuaciones presupuestarias necesarias"
Además recordaron que la Ley Orgánica de Municipios dispone en las atribuciones del Concejo Municipal que "en ningún caso el presupuesto votado podrá aumentar lo sueldos y gastos proyectados por el DEM y tampoco podrá aumentar o incluir partidas para la ejecución de ordenanzas especiales".
Un detalle que sobresale del veto es que por ordenanza 3515, el Concejo derogó el mecanismo de ajuste mensual de las tasas y servicios municipales por el índice del IPC que pretendía aplicar al nuevo subsidio vetado.
"Resulta por lo menos contradictorio que el Concejo Municipal en el artículo 3 de la ordenanza en estudio, establezca una actualización mensual del valor del subsidio por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) cuando la ordenanza 3515/2026 derogó tal mecanismo de ajuste afectando la propia recaudación municipal”.