La Secretaría de Comercio, que conduce Pablo Lavigne, definió la lista de alimentos, productos de higiene personal y limpieza de la canasta básica que tendrán mayores facilidades para importar a partir del objetivo del Gobierno nacional de generar mayor competencia y consolidar la desaceleración de la inflación.
Desde el entorno del ministro Luis Caputo, sostienen que los precios de muchos productos de consumo masivo quedaron con precios muy elevados, por lo que esperan anclar las expectativas de las empresas en línea con las pautas del programa macroeconómico oficial.
Listado de alimentos
Entre los alimentos que figuran en el listado, aparecen:
Lomo vacuno
Matambre
Asado
Vacío
Nalga
Cuadrada
Carnaza y achuras
Carne de cerdo
Atún
Galletitas
Arroz
Harinas de trigo y de maíz
Fideos
Azúcar
Legumbres secas
Frutas y verduras
Huevos
Queso
Yogur
Cervezas
Productos de higiene y cuidado personal
En cuanto a los productos de cuidado e higiene personal, aparecen el shampú, acondicionadores, preparaciones capilares, dentífricos, desodorantes corporales y antitranspirantes. También se incluyen los jabones de tocador, preservativos; papel de celulosa o napa utilizado para el papel higiénico, rollos; toallitas desmaquillantes, manteles, servilletas y artículos similares para el uso doméstico; pañales en todas sus versiones, toallas femeninas, maquinitas de afeitar, algodones, hisopos, entre otros.
Y respecto a los productos de limpieza, se permitirá la importación de limpiadores de superficies, jabones líquidos, detergentes, lavavajillas; lavandinas en gel, líquidas y en polvo; insecticidas, raticidas, fungicidas, herbicidas, tabletas y espirales antimosquitos, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes, entre otros.
La normativa
En paralelo, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó ayer la normativa por la cual se reducirá el plazo de pago de importaciones de alimentos, bebidas y productos de limpieza, cuidado e higiene personal. A través de esta medida se pasó de un esquema de pago en 4 cuotas a los 30, 60, 90 y 120 días a un plazo de pago en una sola cuota a los 30 días.
Por otro lado, se determinó suspender, por el plazo de 120 días, el cobro de la percepción de IVA adicional e impuesto a las ganancias a las importaciones de estos productos y de los medicamentos.