El diputado provincial Carlos del Frade presentó un proyecto de ley para crear el Régimen Provincial de Promoción de Empresas Sociales y de Triple Impacto en Santa Fe, una iniciativa que busca reconocer, fortalecer y promover a organizaciones que desarrollan actividades económicas y que incorporan formalmente a su gobierno y gestión el propósito de generar impactos sociales y/o ambientales positivos, verificables y adicionales al cumplimiento de las obligaciones legales.
La propuesta, que consta de 33 artículos distribuidos en ocho capítulos, establece dos categorías diferenciadas: Empresas Sociales y Empresas de Triple Impacto. Las primeras son aquellas cuyo propósito consiste en resolver o contribuir a solucionar problemas sociales y/o ambientales mediante una actividad económica con modelo de ingresos autosuficiente, y que reinvierten la totalidad o la mayor parte de sus excedentes en el cumplimiento de su misión. Las segundas, en cambio, mantienen la rentabilidad económica como finalidad, pero incorporan un propósito de impacto social y/o ambiental positivo a su estrategia, gobernanza y toma de decisiones, sin que ello implique restricciones en la distribución de utilidades.
El proyecto contempla la creación de un Registro Provincial público, digital y gratuito, en el que deberán inscribirse las organizaciones que cumplan con los requisitos establecidos. Entre los datos que deberá contener figuran la denominación social, la categoría, el propósito declarado, la vigencia de la inscripción y el Informe Anual de Propósito e Impacto, que las organizaciones deberán presentar cada año con indicadores, avances, dificultades e impactos negativos materiales identificados y las medidas adoptadas para prevenirlos, mitigarlos o repararlos.
Asimismo, la iniciativa crea los sellos provinciales "Empresa Social" y "Empresa de Triple Impacto", que podrán ser utilizados por las organizaciones inscriptas con fines publicitarios y comerciales mientras la inscripción se encuentre vigente. El texto advierte que su uso deberá realizarse de manera que no induzca a error respecto del alcance del reconocimiento otorgado.
En materia de promoción, el proyecto faculta a la autoridad de aplicación —el Ministerio de Desarrollo Productivo o el organismo que lo reemplace— a establecer un Plan Anual que contemple instrumentos como asistencia técnica, formación, programas de incubación y aceleración, aportes no reintegrables, líneas de crédito a tasa preferencial, participación en ferias y rondas de negocios, y herramientas de medición y gestión de impacto. También prevé beneficios fiscales diferenciados por categoría, personería jurídica y tamaño, y la articulación con entidades financieras públicas, fondos de inversión de impacto y organismos nacionales e internacionales.
Uno de los ejes centrales de la iniciativa es la incorporación de criterios sociales y ambientales en las compras públicas provinciales. El proyecto establece que los pliegos de bases y condiciones podrán incluir estos criterios en las especificaciones técnicas, como requisitos de la prestación, factores de evaluación, criterios de desempate o condiciones especiales de ejecución contractual. Además, habilita procedimientos de selección dirigidos específicamente a Empresas Sociales inscriptas, siempre que exista oferta suficiente para preservar condiciones razonables de concurrencia, se garanticen idoneidad técnica, calidad y capacidad, y los precios resulten razonables conforme a valores de mercado.
La propuesta también incorpora un capítulo específico sobre incumplimientos y sanciones. Entre las faltas previstas se encuentran omitir injustificadamente la presentación de información obligatoria, presentar información falsa o engañosa, incumplir materialmente los compromisos asumidos, eliminar o desnaturalizar el propósito sin informar a la autoridad de aplicación, utilizar indebidamente el distintivo provincial y realizar comunicaciones engañosas respecto de la condición o impacto de la organización. Las sanciones podrán ir desde una intimación para subsanar hasta la pérdida de la inscripción e inhabilitación temporal para solicitar una nueva.
En los fundamentos, del Frade sostiene que la iniciativa parte de una transformación consolidada a nivel internacional, nacional y local: la creciente presencia de empresas y organizaciones que integran objetivos económicos, sociales y ambientales en su estrategia, gobernanza y operaciones. El diputado menciona como antecedentes internacionales la definición de economía social y solidaria adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en 2022, la Recomendación de la OCDE sobre Economía Social y Solidaria e Innovación Social de ese mismo año, y la Resolución 77/281 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 2023.
También cita las legislaciones BIC vigentes en Colombia, Ecuador, Panamá, Perú y Uruguay, y antecedentes provinciales como las leyes de Mendoza, Buenos Aires y Entre Ríos, y la Ordenanza 10.536 de Rosario.
El proyecto establece que la inscripción en el Régimen no modifica la naturaleza jurídica de las organizaciones ni sustituye las habilitaciones, registros, autorizaciones o controles exigibles conforme a su naturaleza o actividad. Podrán solicitar su incorporación sociedades comerciales, cooperativas, mutuales, asociaciones civiles, fundaciones y otras personas jurídicas que, conforme a su régimen legal específico, puedan desarrollar actividades económicas compatibles con los requisitos de la ley.
La iniciativa también invita a los municipios de la provincia a adherir a la ley y celebrar convenios con la autoridad de aplicación para implementar conjuntamente los instrumentos previstos.
Asimismo, dispone que el Poder Ejecutivo deberá dotar a la autoridad de aplicación de los recursos humanos, técnicos, administrativos y presupuestarios necesarios, y que las erogaciones serán atendidas con partida específica de la Ley Anual de Presupuesto General de la Provincia.